Los pasos en la tramitación de la ayuda son los siguientes:
1.- Solicitud de la ayuda con la documentación necesaria.
- Para poder subvencionar un proyecto se debe tramitar la solicitud de ayuda antes de realizar las inversiones.
- En el caso de que falte documentación, se le requerirá al promotor y tendrá un plazo de 10 días para presentarla. En caso de no recibir la documentación, la solicitud de ayuda se dará de baja.
2.- Acta de no inicio de la inversión. Si el promotor quiere ya puede comenzar la ejecución del proyecto, aunque no tiene aprobada la ayuda todavía y puede que no reciba subvención.
3.-Aprobación. La Junta Directiva de ADECOBEL valora la solicitud puntuándola según los criterios establecidos
4.- Control Administrativo. Se determina si la solicitud se puede subvencionar.
5.- Se emite la resolución y se le comunica al promotor.
- En cada uno de los dos procesos de selección se propondrán ayudas para los proyectos con informe de elegibilidad positivo hasta alcanzar el importe máximo de gasto público asignado.
6.-Una vez finalizado el proyecto el coordinador solicita el pago en ADECOBEL presentando facturas, pagos y demás documentación. Presenta la suya y la del resto de los socios.
- La solicitud de pago deberá presentarse dentro del mes siguiente a la terminación de las actuaciones.
- Se pueden solicitar pagos parciales. No se pueden realizar pagos anticipados.
- Para ejecutar el proyecto el plazo es de 24 meses
- La ejecución de la actividad subvencionada debe realizarse por los beneficiarios. Toda la documentación debe ir a nombre del beneficiario.
- En caso de ejecutar la inversión con proveedores distintos a los presupuestados en la solicitud de ayuda se debe justificar el cambio de los mismos.
7.- Acta final de la inversión. Se comprueba la existencia de la inversión a subvencionar y su funcionamiento.
8.- ADECOBEL tramita el pago de la ayuda que le corresponde.
9.-A cada socio se le paga la subvención individualmente.