¿Qué se subvenciona?

  1. No serán subvencionables los proyectos cuyo objetivo principal se enmarque en el ámbito de la producción agrícola o ganadera.
  2. En los proyectos de cooperación entre particulares participarán entre dos y cinco personas físicas o jurídicas, siempre que al menos dos de ellas no tengan claras dependencias orgánicas, funcionales o económicas entre sí, y justifiquen su vinculación con el ámbito del proyecto.
  3. Se considerará proyecto de cooperación, en el caso de agrupaciones de personas físicas o jurídicas constituidas expresamente para llevar a cabo dicho proyecto.
  4. También se considerará proyectos de cooperación los proyectos piloto de carácter tecnológico, en los que podrá haber una sola persona beneficiaria.
  5. Para que un proyecto de cooperación pueda considerarse innovador, al menos uno de los miembros de la agrupación que solicite la ayuda deberá justificar su capacidad técnica o profesional para la aplicación o desarrollo específico del carácter innovador de la propuesta.
  6. Las personas beneficiarias de proyectos de cooperación deberán pertenecer al ámbito territorial que abarca la estrategia, sólo se permite la excepción con centros tecnológicos y cuando el proyecto exija un socio que no exista en el ámbito territorial del Grupo.
  7. Los proyectos deberán de tener socios que por lo menos tengan el domicilio en dos municipios de Campo de Belchite.
  8. No son subvencionables las acciones de carácter lúdico, es decir, relacionadas con el juego, el ocio, el entretenimiento o con fines recreativos.
  9. En los proyectos entre varios pueblos que intervengan sobre recursos territoriales, tienen que ser del mismo tipo y las acciones deberán ser coherentes, estando relacionadas unas con otras.

 Gastos subvencionables de preparación y de ejecución del proyecto

 La ayuda para cooperación entre particulares subvencionará los gastos que estén directamente relacionados con la elaboración e implementación de los proyectos de cooperación que resulten aprobados.

Los gastos derivados de la asistencia técnica para la preparación del proyecto serán subvencionables por los conceptos siguientes:

a) Asesoramiento contable, jurídico y fiscal, cuando sean necesarios para la adecuada ejecución de la actividad o proyecto.

b) Gastos de interpretación y traducción.

c) Material audiovisual y promocional y de asistencia telemática.

d) Contratación temporal de personal experto o imputación parcial y temporal de gastos salariales del personal técnico y administrativo permanente.

e) Cuota empresarial de la Seguridad Social correspondiente a los gastos salariales del epígrafe anterior.

f) Gastos de garantía bancaria.

g) Diagnósticos, estudios de viabilidad, seguimiento y control.

h) Diseño y redacción del proyecto.

Los gastos preparatorios serán posteriores a la publicación de la convocatoria de ayuda y anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.

No se subvenciona en la ejecución:

a) Gastos de viajes y estancias.

b) Compra de terrenos e inmuebles y de equipos de segunda mano.

c) Compra de vehículos.

d) Pagos en metálico.

e) Gastos de suministro exterior (agua, luz, gas), telefonía y limpieza.

f) Contribuciones en especie.

g) Equipamientos de recreo (sala de cine, televisión, cámaras digitales, jardines, bar, pista de tenis o similares).

h) Regalos y atenciones protocolarias o de representación.

i) Obras de embellecimiento.

j) Inversiones en obra civil y maquinaria, salvo el desarrollo de prototipos.

k) Gastos indicados en el artículo 31, apartados 7, 8 y 9, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, salvo los de garantía bancaria que sí serán objeto de ayuda.

l) Indemnizaciones por despido de personal.

m) Los gastos salariales no superará, en ningún caso, las retribuciones vigentes para los empleados públicos establecidas anualmente en los Presupuestos de la Comunidad Autónoma, con el        límite de las de un puesto de nivel 24B para personal técnico y las de un puesto de nivel 18B para personal administrativo.

Acciones que pueden formar parte de un proyecto de cooperación entre particulares.

 Acción Preparación

  • Gastos de personal
  • Gastos por servicios y conocimientos externos

Acción variable.

  • Gastos de personal
  • Gastos por servicios y conocimientos externos
  • Gastos de equipo
  • Infraestructuras y obras
  • Ingresos previstos

Acción Gestión.

  • Gastos de personal
  • Gastos de oficina y administrativos
  • Gastos por servicios y conocimientos externos

Acción Comunicación.

  • Gastos de personal
  • Gastos por servicios y conocimientos externos
  • Gastos de equipo

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