Objetivo al que responde/ Tipo de criterio de selección | Que se valora | Puntos |
Creación y mantenimiento de empleo.
El traslado de empleo al territorio en jornada completa y exclusiva, también obtiene estos puntos. |
Creación de 3 o más empleos. | 50 |
Creación de 2 a 2,99. | 45 | |
Creación de 1 a 1,99 . | 40 | |
Creación de 0,3 a 0,99. | 30 | |
Consolidación. | 20 | |
Cohesión territorial.
Según la puntuación asignada a cada municipio en los criterios de valoración territorial fijados en la ORDEN VMV/251/2023, de 9 de marzo, por la que se convocan subvenciones para la realización, durante el año 2023, de actuaciones relacionadas con el desarrollo de la Directriz Especial de Política Demográfica y contra la Despoblación con cargo al Fondo de Cohesión Territorial por entidades locales. |
Almochuel. | 17 |
Almonacid de la Cuba. | 16 | |
Azuara. | 14 | |
Belchite. | 5 | |
Codo. | 16 | |
Fuendetodos. | 16 | |
Lagata. | 18 | |
Lécera. | 13 | |
Letux. | 17 | |
Moneva. | 16 | |
Moyuela. | 18 | |
Plenas | 20 | |
Puebla de Albortón. | 17 | |
Samper del Salz. | 18 | |
Valmadrid. | 19 | |
Tipo de persona promotora.
En el caso de personas jurídicas, se tendrá en cuenta la situación de las participaciones en el capital social de la sociedad. Para obtener estos puntos, al menos el 51 % han de ser de personas que cumplan el criterio concreto. Los puntos son acumulables dentro de este criterio hasta un máximo de 25 puntos. |
Persona joven menor de 35 años el día de solicitud de la ayuda. | 15 |
Mujer. | 15 | |
Vulnerable. Persona con discapacidad, persona parada de larga duración o persona perceptora del ingreso mínimo vital. | 10 | |
Cooperativa. | 10 | |
Socia de alguna asociación empresarial sin ánimo de lucro del territorio | 5 | |
* Medio ambiente y cambio climático. | Medio ambiente y cambio climático. | 10 |
**Innovación. | Innovación. | 10 |
***Nuevas tecnologías.
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Nuevas tecnologías. | 5 |
Diversificación de la economía.
Puntuación en función de las ayudas aprobadas al solicitante en el LEADER 2023-2027. |
Sin ayudas aprobadas. | 20 |
Por importe de hasta 20.000 euros. | 10 | |
Por importe de más de 20.001 euros. | 5 | |
Actividad económica del proyecto. | Único servicio de proximidad de esas características en el municipio. | 30 |
Servicio de proximidad. | 25 | |
Industria agroalimentaria. | 20 | |
Sector turístico, construcción e industria. | 10 | |
Otras actividades económicas. | 5 | |
Tipo de proyecto. | Creación de una nueva empresa, traspaso o relevo generacional. | 20 |
Diversificación de la actividad de la empresa. Alta en nuevo IAE. | 15 | |
Modernización, ampliación o traslado. | 10 | |
****Recursos locales.
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Recursos locales. | 10 |
TOTAL | 200 |
* Medio ambiente y cambio climático:
Proyectos que incidan en la puesta en valor de un recurso natural, relacionados con la agricultura ecológica y otras prácticas respetuosas, compromiso con el medio ambiente, introducción de elementos que reduzcan el impacto ambiental del proyecto. En los proyectos relacionados con la agricultura ecológica, las inversiones deben influir sobre el proceso de transformación o comercialización de la producción ecológica de la empresa.
Proyectos que incorporen la utilización de energías renovables, un menor consumo de energía y agua, disminución y tratamiento de residuos. Por ejemplo, inversiones relativas a biomasa, placas solares, energía eólica, vehículos eléctricos, iluminación led, aislamiento térmico en puertas y ventanas, tecnologías ahorradoras de agua, economía circular, etc. En el caso de adquisición de equipos eficientes energéticamente, estos equipos tendrán que tener etiqueta energética tipo C o superior según la clasificación que entró en vigor en 2021.
El gasto en estos elementos debe ser al menos el 20% de la inversión total del proyecto.
**Innovación:
Proyectos que produzcan cambios en las empresas y en el territorio introduciendo cambios importantes y novedades en los productos, servicios o procesos. Deben ser los primeros a nivel comarcal en introducir estas novedades, servicios o procesos.
Las novedades deben ser significativas, no considerándose innovación pequeñas mejoras en productos o servicios que ya se comercializan. Tampoco se considera innovación los cambios en los procesos productivos cuya mejora en la productividad no se pueda cuantificar.
***Nuevas tecnologías:
Proyectos que incorporen equipos tecnológicos o aplicaciones digitales. El gasto en estos elementos debe ser al menos el 20% de la inversión total del proyecto.
****Recursos locales
Proyectos en los que se utilizan o se ponen en valor recursos endógenos de la comarca. Por ejemplo, la transformación de materias primas del territorio o venta de producto local. En caso de venta de producto local se deberán acreditar al menos la venta de productos de 4 empresas del territorio.
Proyectos en los que se utilizan factores productivos del territorio. Por ejemplo; proveedores locales o contratación de mano de obra del territorio para ejecutar la inversión. Al menos el 51% de la inversión deberá ejecutarse con proveedores locales.
a) Suma de puntos de baremación: 200.
b) Puntuación mínima para obtener ayuda: 50 puntos.
c) Criterios de desempate en la baremación: mayor incremento neto de empleo, seguido de los puntos obtenidos en el criterio ‘Importe de las ayudas LEADER aprobadas en el periodo de la EDLL 2023-2027’, de la puntuación obtenida en el criterio ‘Actividad económica del proyecto’, del criterio ‘cohesión territorial’ y, por último, la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.