Documentación a aportar

Documentación para la solicitud de ayuda:

Solicitud de ayuda

Autorización consulta datos

NIF de la entidad

NIF del representante

Certificado nombramiento de representante

Certificado del acuerdo de solicitar ayuda Leader a ADECOBEL y autorizar al representante.

Si es el caso, Certificado otras ayudas y del sistema de contratación que se realizará.

Si es el caso, Declaración de IVA no recuperable.

Si es el caso, Certificado otras ayudas y del sistema de contratación que se realizará.

Si es el caso, Certificado de racionalización del gasto en entidades locales.

Memoria actividades de formación.

Documentación para justificar la ayuda:

Se presentará una documentación común a todos los expedientes de formación y otra referida a personal docente, coordinación y colaboradores, que varía en función de que la persona beneficiaria sea la ejecutora de la actividad o que recurra a terceros para la ejecución de la actividad.

Documentación común

Se aportará los siguientes documentos acompañando a la solicitud de pago:

Una memoria final de la actividad, firmada por el coordinador de la misma y por el representante de la entidad, en la que figuren: los datos generales de la actividad (título, tipo de actividad, lugar y fecha de celebración, horario, número de horas lectivas); un cronograma detallado, la valoración final de la acción y la certificación de gastos. Anexo IV: Formulario 1

Relación de asistentes en la que figure: NIF, nombre y apellidos, sexo, edad, domicilio, localidad, teléfono de contacto y correo electrónico. Anexo IV: Formulario 2

Relación de docentes y colaboradores: NIF, nombre y apellidos, domicilio, localidad, teléfono de contacto y correo electrónico. Anexo IV: Formulario 3

Muestra del material didáctico repartido a los alumnos y material divulgativo (cartel, tríptico…)

Póliza del seguro suscrito para la actividad, en su caso.

Documentación acreditativa del control de asistencia de los participantes. Anexo IV: Formulario 4

Documentación de evaluación de la actividad por parte de los alumnos. Anexo IV: Formulario 5

Pruebas de evaluación de nivel de los conocimientos adquiridos por los alumnos, si procede.

Relación de facturas del material y otros gastos, a nombre de la entidad que solicita la ayuda o del prestador del servicio, en su caso.

DESCARGA AQUÍ LOS ANEXOS

Documentación específica: en función de si la persona beneficiaria sea la ejecutora de la actividad o recurra a terceros para impartir la formación.

Si la persona beneficiaria es la ejecutora de la actividad formativa. Se justificará mediante la aportación de la siguiente documentación:

  • Para cada trabajador (docentes, colaboradores, personal administrativo…) que participe en la actividad objeto de subvención, se justificará la categoría, actividad realizada y la cantidad de la nómina que se imputa a dicha actividad. Anexo IV: Formulario 6.
  • Relación de nóminas en la que figure, para cada una de ellas: nombre del trabajador, y periodo al que corresponden, horas trabajadas, categoría laboral y el coste de empresa. Anexo IV: Formulario 7.
  • Fotocopias de las nóminas y sus correspondientes justificantes de pago.
  • Fotocopia del contrato de trabajo
  • Fotocopia de los boletines de cotización a la Seguridad Social. (TC-1 y TC-2), IRPF y justificación de su pago.

Si el formador ha sido contratado exclusivamente para la impartición del curso, podrá imputarse el 100 % de los costes salariales, cuando en el objeto del contrato de trabajo conste que es para la impartición de la acción formativa de que se trate.

Si el formador no ha sido contratado exclusivamente para la realización de una acción formativa, la cantidad a imputar será proporcional al número de horas efectivamente trabajadas por el trabajador, sea en concepto de impartición directa o sea en concepto de gastos de preparación, tutoría o evaluación de los alumnos.

En la retribución se incluyen la nómina más el coste de Seguridad Social a cargo de la empresa y las aportaciones a planes de pensiones.

Se adjuntará junto con la memoria económica un informe detallado en el que se indique el porcentaje del importe de cada nomina imputado a la docencia del curso. Este porcentaje se indicará en la columna correspondiente del formulario 7 del Anexo IV. Dicho porcentaje será calculado como el ratio entre las horas dedicadas por el trabajador a la impartición del curso con respecto a las horas totales incluidas en su nómina.

Personal de la entidad beneficiaria que no cotiza por cuenta ajena

Se presentarán facturas acompañadas de documentos o extractos bancarios que prueben el pago y documentos justificativos del pago.

Los formadores que sean personas beneficiarias o administradores titulares de centros de formación que desempeñen una actividad profesional remunerada para su sociedad deberán cobrar por factura y no por nómina, siempre y cuando su cotización se efectúe

en el régimen de autónomos o en una mutualidad que actúe como alternativa al régimen especial de la seguridad social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos (RETA).

Forma de justificación:

Fotocopia de la factura o facturas en la que deberá especificarse la denominación del curso, n.º de expediente, horas impartidas, coste hora, el importe total y la retención efectuada.

Se deberá cumplir en la facturación de las horas el límite máximo establecido en el Real Decreto 347/2019, no siendo subvencionable el exceso.

Contratación de un profesional por cuenta propia

La contratación de un profesional individual se formalizará con el correspondiente contrato de arrendamiento de servicio, por escrito, entre el proveedor del servicio y el cliente receptor del mismo. En el contrato se especificará, al menos:

  • Número de expediente, denominación y horas del curso.
  • Precio/hora o retribución.
  • Nombre y apellidos del formador y horas que imparte.
  • Referencia a la calidad, eficacia e idoneidad que como profesional tenga reconocida y acreditada en el ámbito de la docencia de la especialidad a impartir.
  • Entrada en vigor y fecha de finalización del contrato.
  • Lugar de impartición.

Se aportarán las facturas, o en su caso, nota de gastos, debidamente firmadas y selladas, así como el justificante de estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social en el momento de la firma del contrato de arrendamiento de servicios.

Forma de justificación:

– Autónomos y profesionales. Fotocopia de la factura en la que deberá especificarse la denominación del curso, el n.º de expediente, las horas impartidas, el coste hora, el importe total, la retención efectuada, el justificante de pago.

– No se pueden imputar costes de Seguridad Social de los trabajadores autónomos.

– Justificante de estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social en el momento de la firma del contrato de arrendamiento del servicio externo docente.

– Personal al servicio de las Administraciones Públicas. Nota de gastos con la correspondiente retención y Declaración jurada de que cumplen con la Ley de Incompatibilidades o fotocopia de la autorización de compatibilidad y el correspondiente justificante de pago.

Los precios facturados deberán ajustarse al anexo IV

 La persona beneficiaria recurre a terceros para la ejecución de la actividad formativa:

 La contratación de un centro de formación se formalizará con el correspondiente contrato de arrendamiento de servicio, por escrito, entre el proveedor del servicio y el cliente receptor del mismo. En el contrato se especificará, al menos:

  • Número de expediente, denominación y horas del curso.
  • Precio/hora o retribución.
  • Nombre y apellidos de los formadores y horas que imparten.
  • Referencia a la calidad, eficacia e idoneidad que como profesional tenga reconocida y acreditada en el ámbito de la docencia de la especialidad a impartir.
  • Entrada en vigor y fecha de finalización del contrato.
  • Fecha, hora y lugar de impartición.

Este contrato se aportará obligatoriamente junto con las facturas, o en su caso, nota de gastos, debidamente firmadas y selladas, así como el justificante de estar al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social en el momento de la firma del contrato de arrendamiento de servicios. En caso de entidades locales, no será necesario el contrato de arrendamiento de servicios, bastará con la adjudicación del mismo.

Los precios facturados deberán ajustarse a el anexo IV

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